miércoles, 29 de abril de 2009

REGLA 174: Salto triple

1. El orden en que los competidores harán sus intentos será sorteado; ver regla 143 (7).

2. A cada competidor se le acreditará el mejor de todos sus saltos, sujeto a las condiciones de empate; ver regla 146.

3. Cuando haya más de ocho competidores se autorizarán tres intentos a cada uno y a los ocho con mejor registro se les permitirán tres saltos adicionales. En caso de empate en el octavo puesto, cada competidor en tal situación estará comprendido en los tres saltos suplementarios. Cuando haya ocho competidores o menos, a cada uno se les permitirán seis intentos.

Empate, a este respecto, significa registrar la misma distancia y por consiguiente no será de aplicación la regla 146, párrafo 3.

4. El salto deberá efectuarse de tal manera que el atleta caiga primeramente con el mismo pie con que efectuó el pique; luego en el segundo salto deberá caer con el otro pie con el cual hará el pique final para dejar así completado el salto.

5. Si el competidor durante el salto tocara el piso con la pierna en suspenso, el sa'to se considerará nulo.

6. En todos los demás aspectos se aplicarán las reglas del salto de longitud que definen el nulo; ver regla 173 (4) y (5).

La zona de impulso

7. Tendrá un ancho mínimo de 1,22 m. La longitud de la carrera de impulso es ilimitada; su mínimo será de 40 m.

NOTA: Donde las condiciones lo permitan, la zona de impulso no será inferior de 45 metros.

8. La máxima pendiente transversal admitida no sobrepasará de 1:100 y en dirección de la carrera, de 1:1000.

9. Ninguna marca se colocará en la zona de impulso pero el competidor podrá colocarla a un costado de la misma (permitido por la organización). Ninguna señalización será permitida en el cajón o zona de caída. Una vez comenzada la competencia, los competidores no podrán utilizar la zona de impulso con fines de práctica.

Tabla de pique

10. El lugar de pique estará materializado con una tabla empotrada en el piso a nivel de la pista de impulso y de la superficie de la zona de caída, y ubicada por lo menos a 13 m. del cajón de caída. El borde de la tabla más próximo a la zona de caída se denomina línea de pique. Inmediatamente delante de esta línea se colocará una tabla con plastilina u otro material adecuado que permita registrar la impresión de la pisada del atleta cuando haya incurrido en una falta. Esta tabla indicadora con la plastilina se ejecutará de tal manera que partiendo del nivel de la línea de pique con un ?ngulo de 30° en dirección del impulso, tenga una altura máxima de 10 a 13 mm. sobre la tabla de pique, incluida la rasante de la plastilina.

Si no es posible realizar tal instalación, podrá adoptarse el siguiente método: inmediatamente- al frente de la línea de pique y cruzando toda la extensión de la misma en un ancho de 10 cm. se extiende una capa de tierra blanda o arena bajo un ángulo de 30° con la horizontal.

NOTA: Para los detalles constructivos de la tabla de pique y la tabla indicadora de saltos nulos; ver la regla 173, párrafos 13-14.

Zona de caída y medición

Ver regla 173, párrafos 15 a 17, en todo lo que respecta a las mismas reglamentaciones aplicadas por el salto triple.

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