miércoles, 29 de abril de 2009

SECCION A

Asuntos urgentes que el Comité Técnico desea introducir de inmediato

REGLA 119 Cronografistas

El comité consideró que la regla 119 ha sufrido tantos cambios en los últimos años que es necesaria una redacción completamente nueva:

Los cambios recomendados son:

1. Cuando se convierta un tiempo de centésima a décimas de segundo, deberá redondearse a la décima mayor, tanto si fue tomado manualmente como un aparato completamente automático. Las razones son:

a) No se da al corredor un tiempo más rápido (mejor marca), que el que ha conseguido.

b) Está de acuerdo con el redondeo (por defecto), de las pruebas de concurso.

c) El redondeo eléctrico no está de acuerdo con los vigentes procedimientos de redondeo de tiempos manuales.

2. Para cualquier distancia superior a los 20 kilómetros, el tiempo se redondeará al segundo entero siguiente (por defecto). Las razones son:

a) No hay necesidad de cronografiar en décimas de segundo una carrera de mayor duración de una hora (debe querer decir, de 20 kilómetros).

b) Es más simple para todo.

3. Aclarar la definición de que cualquier tiempo que sea tomado manualmente por una parte y automáticamente por otra, debe contarse como tomado manualmente.

4. El jefe de cronografistas se hace responsable del aparato de cronometraje y de los tiempos tomados por éste. Esta responsabilidad no ha estado asignada hasta ahora.

5. Reglamentar que un sistema de video-tape puede clasificarse como un sistema de cronografía totalmente automático, pese a la ausencia de la foto y película.

REGLA 119

Cronografistas

(texto del nuevo artículo)

1. Se reconocerán como oficiales dos (2) métodos de cronografía: manual y eléctrico totalmente automático.

Cronografía manual

2. a) Los tiempos manuales serán tomados por cronografistas utilizando, bien sea los cronógrafos clásicos o los electrónicos con lectura digital, operados manualmente. En la palabra "relojes" de todo este articulado se incluyen todos los aparatos dichos de cronografía.

2. b) Tres cronografistas oficiales (uno de los cuales será el jefe cronografistas) y uno o dos suplentes, deberán tomar el tiempo del vencedor de cada prueba. Los tiempos registrados por los relojes de los cronografistas suplentes no será tenidos en cuenta, a menos que uno o más relojes de los cronografistas oficiales no logren registrar los tiempos de una manera regular, en cuyo caso se acudirá a los cronografistas suplentes, en el orden que se haya previamente decidido, de modo que, en todas las carreras, tres relojes registren el tiempo oficial del vencedor. Los que alcancen la meta, los tiempos parciales de cada vuelta en carrera de 800 m. y superiores, y cada 1,000 m. en carrera de 3,000 m. o más, bien sea por cronografistas suplentes o por los que tomen el tiempo al ganador, utilizando relojes capaces de tomar más de un tiempo.

2. c) Cada cronografista actuará independientemente y, sin enseñar su cronógrafo ni hablar del tiempo tomado por él con cualquier otra persona, anotará su tiempo en el impreso que, después de haber firmado, entregará al jefe de los cronografistas. Este puede examinar los relojes para comprobar los tiempos dados.

2. d) El jefe de cronografistas decidirá entonces cuál es el tiempo oficial de cada competidor, adoptando, si fuere necesario, las disposiciones de esta regla, y entregará los resultados para su publicación.

2. e) En el caso qué dos de los tres cronógrafos oficiales marquen el mismo tiempo y el tercero difiera, el tiempo registrado por aquellos dos será el oficial. Si los tres cronógrafos están en desacuerdo, el tiempo intermedio será el oficial. Si sólo se dispusiera de dos tiempos y ambos fueran distintos, el peor de los dos (el mayor), será el oficial.

2. f) Para todas las carreras hasta 20 kilómetros, inclusive, cronografiadas manualmente, el tiempo deberá darse en décimos de segundo. Los tiempos de distancias superiores a los 20 kilómetros deberán convertirse al segundo entero mayor (es decir, por defecto), por ejemplo: 2h.09m.44s.3/10, deberá anunciarse como 2h09m. 45s. Si la aguja del reloj se para entre dos líneas indicadoras de tiempo, se considerará tiempo oficial al inmediato superior (el más prolongado). Si se utiliza un cronógrafo de centesimos de segundo, o uno electrónico operado manualmente con lectura digital, todos los tiempos que no terminen en cero en el segundo decimal se convertirán al décimo de segundo mayor, por ejemplo: lOs.11/100 se convertirá en 10s.2/10.

2. g) El tiempo se medirá desde el fogonazo de la pistola o aparato aprobado, hasta el momento en que cualquier parte del cuerpo de un participante (es decir, el tronco excluyendo la cabeza, cuello, brazos, piernas, manos o pies), alcance el plano vertical del borde más próximo de la línea de llegada.

2. h) Los cronografistas deberán estar en línea con la meta y al exterior de la pista. Donde sea posible, deberán colocarse, por lo menos 5 m. del andarivel externo de la pista. A fin de que todos puedan tener una buena visibilidad de la línea de llegada, deberá contarse con una tribuna elevada.

NOTA: Se ha suprimido la disposición de que los cronografistas deberán estar al lado opuesto de la pista en que se encuentran los jueces.

Cronografía eléctrica totalmente automática

3. a) En la cronografía eléctrica totalmente automática, se utilizará un equipo que inicie la toma del tiempo automáticamente y que registre también automáticamente el tiempo de llegada. Cualquier otro tipo de aparato y procedimiento de cronografía se considerará tomado manualmente o será inaceptable. El equipo de cronografía electrónico automático tiene que estar aprobado por la federación nacional del país en que se ce-.lebra la competición. Deberá ponerse en marcha por ■un contacto en la pistola del juez de salida, o en algún otro aparato similar, en el instante de producirse el fogonazo del disparo. El tiempo de llegada de los corredores y el orden en que éstos alcanzaron la meta deberán leerse en una película en movimiento o en una fotografía de llegada photo-finish, sacada de una película en movimiento, o pueden obtenerse de cualquier otro aparato que se ponga en marcha y registre la llegada automáticamente, y haya sido aprobado por la F.I.A.A.

3. b) El jefe de cronografistas estará encargado del funcionamiento del aparato de cronografía y del registro de los tiempos que éste señaló.

3. c) Deberá haber, si es posible, dos cámaras photo-finish, en acción, una a cada lado de la pista.

NOTA: Donde exista alguna posibilidad de falla del aparato de cronografía, se tomarán tiempos manuales por cronografistas.

3. d) Los tiempos eléctricos totalmente automáticos se considerarán oficiales, a menos que, por alguna razón, el jefe de cronografistas decida que manifiestamente son inexactos. En tales casos, los tiempos oficiales serán tomados manualmente por los cronografistas.

3. e) Deberá emplearse un equipo de cronografía totalmente automático en los Juegos Olímpicos, campeonatos mundiales y, cuando sea posible, en todos los campeonatos, o juegos de zona, o de grupo geográfico.

3. f) En todas las carreras de hasta 400 metros, inclusive, el tiempo deberá leerse en la película photofinish, en centesimos de segundo y se registrará en centesimos de segundo.

En todas las carreras superiores a los 400 m. y hasta 20 kilómetros, inclusive, el tiempo deberá leerse en centesimos de segundo y se convertirá al décimo de segundo mayor, registrándose en décimos de segundo. Ejemplo: lh.45m.21/100 s. se registrará como lh.45m. 3/10 s.

En todas las carreras mayores de 20 kilómetros, el tiempo deberá leerse en centesimos de segundo y se convertirá al próximo segundo entero mayor. Ejemplo: 2h.09m.44s.32/100, deberá registrarse como 2h.09 m.45s.

4. Un aparato de cronografía que opera automáticamente a la salida o a la llegada pero no en ambas, se considerará que no obtiene ni tiempos manuales, ni tiempos totalmente automáticos, y no debe usarse para obtener tiempos oficiales.

5. Véase también la regla 148 sobre "records mundiales", y la regla 195, apartado 6. b), sobre las pruebas combinadas ("Pentatlón y decatlón").

Regla 142 (apartado 4) Calzado de competición

En vista del hecho que cada vez es mayor el número de estadios que tienen pistas sintéticas, se considera necesario introducir modificaciones a la regla sobre el calzado de competición. Las enmiendas propuestas se consideran necesarias para:

1) Aumentar la seguridad.

2) Reducir el riesgo de lesiones de los atletas.

3) Prolongar la vida de las pistas sintéticas.

4) Contribuir a que los competidores logren sus mejores marcas.

Los cambios de la presente regla 142, se indican en negrita.

A fin de hacer este artículo tan claro como sea posible, las reglas sobre clavos y la nueva cláusula respecto a acanaladuras, protuberancias, etc., se disponen en párrafos separados. Además, se dictan ahora claramente qué clavos son aceptables para pistas sintéticas.

REGLA 142 (apartado 4) Calzado de competición (nuevo texto)

Reglas generales. Los participantes pueden competir con los pies descalzos o con calzado en uno o los dos pies. El propósito del calzado para competición es proporcionar protección y estabilidad a los pies y una firme adherencia sobre el suelo. Tal calzado, sin embargo, no debe estar construido de modo que suponga una ayuda adicional para el atleta, ni puede contener ningún muelle o dispositivo de cualquier naturaleza. Está permitido una correa sobre el empeine.

Número de clavos. La suela y el tacón de los zapatos pueden tener clavos. El número de éstos se limita a un máximo de seis en la suela propiamente dicha y dos en el talón, con la excepción del salto en altura y el lanzamiento de la jabalina, donde se permite en el tacón un máximo de cuatro clavos.

NOTA: Pueden hacerse previsiones en la suela y en tacón para cambiar la posición de los clavos, pero a condición que no se utilicen éstos en mayor número que el permitido.

Longitud de los clavos. La parte de cada clavo que sobresalga de la suela o el tacón no debe exceder los 25 mm. de longitud y 4 mm. de diámetro. Cuando se celebre una competición en una pista sintética de "todo tiempo", la parte del clavo que sobresalga de la suela o el tacón, no debe exceder de 9 mm., con la excepción del salto en altura y lanzamiento de la jabalina, en que dicha parte que sobresalga, tanto en la suela como en el tacón, no debe exceder de 13 mm.

La suela y el tacón. La suela y/o el tacón pueden tener asimismo acanaladuras, lomas, muescas o protuberancias, con tal que cualquier loma o protuberancia estén construidas del mismo o similar material al básico de la propia suela. Tales lomas o protuberancias serán consideradas como parte de la suela, cuyo espesor total no debe exceder de 13 mm.

El espesor del tacón, incluyendo lomas o protuberancias, no deberá exceder del de la suela en más de 6 mm., excepto en las pruebas de marcha, en las cuales se puede utilizar calzado en que el espesor del tacón supere al de la suela en no más de 13 mm. Para proteger el tacón contra el impacto del choque, en los saltos de longitud y de triple, el concursante puede incrementar el espesor del tacón, o puede incluir un relleno almohadillado en el interior del calzado, de tal forma que el espesor del tacón de dicho relleno, en un estado sin comprimir, no exceda de 25 mm.

Los participantes no podrán emplear dispositivo alguno, dentro ni fuera del calzado, que produzca el efecto de aumeatar el espesor de la suela por encima del máximo permitido de 13 mm., y que pueda proporcionar al usuario alguna ventaja que no obtendría con el tipo de calzado descrito en los párrafos anteriores.

REGLA 148 (apartado 7)

Records mundiales

Suprímanse las palabras: "Los nuevos records mundiales para estas pruebas serán reconocidos únicamente cuando el record anterior es superado en por lo menos 0.02 segundos".

REGLA 165 (apartado 4) Maratón

REGLA 191 (apartado 6) Marcha

Suprímase el párrafo que dice: "El participante no podrá llevar ni consumir otro avituallamiento que el suministrado o aprobado por los organizadores. Podrá indicar a éstos el género de avituallamiento que desee que, de ser aceptado, ha de entregarse a los organizadores a la hora y lugar que éstos indiquen. Deberá estar disponible en los puestos designados por el competidor".

Y reemplácese por: "Los avituallamientos, que pueden suministrarse, bien sea por los organizadores o por el propio atleta, deberán estar disponibles en los puestos asignados por el competidor".

Esta regla se adapta más a la práctica actual y es más simple de llevarla a cabo.

REGLA 181

Lanzamiento de la bala

Estilo rotativo. El comité confirma que este estilo seguirá permitiéndose a aquellos atletas que lo practiquen. Se advierte, sin embargo, que cuando se utilice el estilo rotativo de lanzamiento de la bala, hay un riesgo de que se desvíen más tiros si el lanzador pierde el control de dirección, particularmente los atletas más jóvenes que comiencen a efectuar este estilo.

No se requiere ninguna adición al reglamento.

REGLAS 181, 182, 184 y 185 Lanzamientos

Después de recibir informes de las federaciones miembros, atletas, entrenadores y fabricantes, el comité técnico es unánime en recomendar que no se introduzcan modificaciones en el peso actual de los materiales de lanzamientos masculinos y femeninos.

Tolerancia de los pesos de este material. Se recomiendan, en principio, las siguientes tolerancias en los pesos, con el objeto de:

1) Efectuar más fácilmente la labor de control de dicho material.

2) Asegurar que un artefacto de lanzamiento, cuando se comprueba después de un record, no pese menos del mínimo prescrito.

Se acordaron los siguientes pesos límites:

Pito mínimo para la Oscilación de pesos en la

ICtptación de un record fabricación de materiales

lina: Mujeres .... Hombres .... Disco: Mujeres ....

Hombres .... Bala: Mujeres ....

Hombres .... Martillo: Hombres ....

600 grs.

800 grs. 1.000 grs. 2.000 grs. 4.000 grs. 7.260 grs. 7.260 grs.

605-620 grs.

805-825 grs. 1.005-1.025 grs. 2.005-2.025 grs. 4.005-4.025 grs. 7.265-7.285 grs. 7.265-7.285 grs.

REGLAS 181 (apartado 8); 182 (apartado 7);

184 (apartado 12)

Lanzamientos

Redúzcase el sector de 45 a 40 grados (bala-disco-martillo).

REGLA 183 "Jaula" de disco y martillo

REGLA 184

Lanzamiento del martillo

(véase también la sección D)

1) La altura total de la jaula deberá elevarse a 5 m. (actualmente es de 4 m.), y los paneles laterales deberán tener una altura de 4,50 m. por lo menos.

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2) Las piezas móviles deberán prolongarse 2 m. hacia adelante.

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