miércoles, 29 de abril de 2009

REGLA 185: Lanzamiento de la Jabalina

Reglas generales

1. El orden en que los competidores harán sus intentos será sorteado; ver regla 143 (7).

2. Cuando haya más de ocho competidores, se autorizarán tres intentos a cada uno y a los ocho con mayor registro se les permitirán tres lanzamientos adicionales. En caso de empate en el octavo puesto, cada competidor en tal situación estará comprendido en los tres lanzamientos suplementarios. Cuando haya ocho competidores o menos, a cada uno se le acreditarán seis intentos.

En el lugar de la competencia, cada competidor podrá en lo posible disponer de dos lanzamientos de ensayo, pero no más. Estos se efectuarán en el orden en que fueron sorteados y los participantes serán llamados por sus nombres y estarán bajo la supervisión de los jueces; ver regla 142 (2).

Una vez comenzada la competencia, los competidores no podrán utilizar la zona de impulso o terreno dentro del sector con fines de práctica, con o sin implementos.

3. A cada competidor se le acreditará el mejor de todos sus lanzamientos, sujeto a las condiciones de empate; ver regla 146.

4. No se permitirá recurso alguno, por ejemplo atarse dos o más dedos juntos que de alguna forma signifique una ayuda para el lanzamiento. El uso de vendaje en la mano no está permitido, excepto en caso de necesidad para cubrir una lesión abierta o una herida. El uso de vendaje en la muñeca podrá ser permitido solamente mediante un certificado extendido por el médico oficial del certamen.

A fin de proteger la columna vertebral contra una lesión, el competidor podrá usar un cinturón de cuero o de otro material adecuado. A fin de obtener una mejor adherencia con el implemento, se le permitirá a los competidores el uso de una sustancia adhesiva solamente en sus manos (resina o producto similar). El uso de guantes no está permitido.

5. Requisitos para la validez de un lanzamiento:

a) La jabalina deberá tomarse por la empuñadura. Deberá ser lanzada por encima del hombro o parte superior del brazo utilizado para tal fin y no deberá ser proyectada con un movimiento de rotación. Estilos no ortodoxos no están permitidos.

b) Ningún lanzamiento será válido si la punta de la vaina metálica de la jabalina no toca el terreno antes que cualquiera otra parte de ésta.

c) El competidor no debe cruzar ninguna de las líneas paralelas.

d) Es un lanzamiento nulo si el competidor toca, con cualquier parte de su cuerpo o miembros, el arco 8e círculo (ver párrafo 6) o las líneas trazadas en los extremos en ángulo recto a las líneas paralelas, o el terreno detrás del referido arco, o aquellas' líneas.

e) En ningún momento, después de prepararse para el lanzamiento hasta que la jabalina haya sido despedida al aire, podrá el competidor realizar un giro completo de modo que dé su espalda hacia el arco de lanzamiento.

f) El competidor no abandonará la zona de impulso mientras la jabalina no haya tocado tierra. Desde una posición estacionaria abandonará, entonces, la zona de impulso detrás del arco y las líneas trazadas desde los extremos del arco; ver párrafo 8.

g) Si la jabalina se rompiera en cualquier momento del curso del lanzamiento, no se contará como intento, a condición de que el lanzamiento se haya realizado en con cordancía con las reglas.

6. Un lanzamiento incorrecto, o el desprendimiento del implemento en forma inapropiada durante un'intento, se considerará como ensayo cumplido pero nulo.

7. Las jabalinas deberán ser llevadas al lugar de lanzamientos pero nunca ser lanzadas de vuelta.

Zona de impulso

8. La longitud de la zona de impulso no excederá de 36,50 m., pero no inferior de 30 m. y será señalizada mediante dos líneas paralelas, cada una de 5 cm., con un ancho de 4 m. de separación. El lanzamiento se ejecutará desde detrás de un arco de círculo trazado con un radio de 8 m.; tal arco consistirá de una banda pintada, de madera o de metal, de 7 cm. de ancho, pintada de blanco y estará a ras de piso. Desde los extremos del arco y en ángulo recto con las paralelas demarcatorias de la zona de impulso se trazarán líneas de 1,50 m. de longitud y 7 cm. de ancho, (figura 13-A).

La máxima pendiente lateral de la zona de impulso será de 1:100 y en la dirección del lanzamiento no excederá de 1:1000.

NOTA: Se recomienda que la zona de impulso no sea inferior a 33,50 m.

9. Ninguna marca será colocada en la zona de impulso, pero los competidores podrán poner señales al margen de la referida zona, siempre que lo autorice la organización.

Mediciones

10. Todos los lanzamientos, para ser válidos, deberán caer dentro de los bordes interiores de las líneas de 50 mm. de ancho que limitan el sector de caída, trazado sobre el terreno, en una alineación desde el centro (A) del círculo del cual forma parte el arco, a través de los puntos (B) y (C) en la confluencia con los bordes de las líneas demarcatorias de la zona de impulso. Los extremos de las líneas radiales se marcarán con banderines de sector; ver regla 181 (2). (Los sectores se marcarán por ejemplo a 30 m., 50 m., 70 m.).

11. La medición de cada lanzamiento se efectuará de inmediato desde la marca más próxima dejada por la punta de la jabalina hasta el borde del círculo del cual el arco forma parte.

12. Un banderín distintivo o marca será provisto para señalar el mejor registro de cada competidor y éste se lo ubicará en una alineación fuera de los límites del sector. Un banderín o disco será provisto también para indicar un record mundial o nacional.

13. Uso de implementos. En Juegos Olímpicos, juegos zonales o de grupo o campeonatos, se utilizarán únicamente implementos provistos por la organización y ninguna modificación podrá hacerse a los mismos mientras se desarrolle la competencia. A ningún competidor le es permitido llevar un implemento al campo.

En torneos entre dos o más miembros los competidores podrán usar sus propios implementos, bajo la condición de que éstos estén controlados y marcados como aprobados por la organización antes de la competencia y queden a disposición de todos los competidores.

Construcción

14. La jabalina se compone de tres partes: una punta o cabeza de metal, un asta y una empuñadura encordada. El asta será de madera o metal y estará fijada a una vaina metálica terminada en punta aguda.

15. El encordado cubrirá el centro de gravedad, sin correa, ranura o entalladura alguna en el asta y. la circunferencia de aquél no excederá de los 25 mm. de la del asta. La ligadura tendrá un grosor uniforme.

16. La sección transversal deberá ser uniformemente circular en toda su extensión y el mayor diámetro estará bajo la empuñadura. Desde ésta, la jabalina disminuirá gradualmente de grosor hasta la extremidad de la cabeza metálica y la punta posterior. La línea desde el extremo de la empuñadura y la punta de la cabeza metálica podrá'ser recta o ligeramente curvada, pero la curvatura será gradual y no podrá tener ninguna alteración brusca en el diámetro de sección en toda la extensión de la jabalina.

NOTA: En tanto la sección transversal deberá ser circular, una diferencia máxima del 5% entre el mayor y menor diámetro de un óvalo estará permitido. El valor medio de estos dos diámetros deberá responder a las especificaciones dadas para una jabalina de sección circular.

18. La jabalina no tendrá partes móviles, u otro elemento que pudiera cambiar el centro de gravedad, o sus características durante la trayectoria del lanzamiento.

19. La disminución del grosor del asta, desde el diámetro máximo hasta la punta de la vaina metálica, o hasta la punta posterior, será de tal forma que el diámetro en el punto medio, situado entre la extremidad de la empuñadura encordada y cada punta, no exceda del 90% del diámetro máximo del asta y que el diámetro en el punto situado a 15 cm. de cada extremo no sobrepase del 80% del diámetro máximo.

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