miércoles, 29 de abril de 2009

SECCION 1

JURADO DE LA COMPETENCIA Y SUS FUNCIONES

REGLA 111: Miembros oficiales del certamen

La nómina que se consigna en esta regla comprende a todos los miembros oficiales considerados necesarios para las competencias internacionales de importancia. Los organizadores tienen la facultad de variarla cuando las circunstancias locales así lo hagan necesario.

Los arbitros y jefes de competencias deberán llevar un brazalete o distintivo especial. De ser necesario, pueden nombrarse otros asistentes. Se observará asimismo que en el campo haya el menor número posible de oficiales. Cuando se realicen competencias femeninas, se designará en lo posible una doctora en medicina.

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